jueves, 7 de agosto de 2014

Migración forzada irregular y plan internacional para Centroamérica

Por: Dr. H. Roberto Herrera Cáceres
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos
Sobre  la base del análisis de la “hoja informativa” publicada por la Casa Blanca y la información nacional e internacional relativa al reciente encuentro (25 de julio) de los señores Presidentes de Honduras, Guatemala y El Salvador con el señor Presidente de los Estados Unidos de América, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos considera que, aún cuando hayan sido muy limitados los resultados en cuanto a respuestas inmediatas esperadas en Centroamérica, esa reunión constituyó una etapa de progreso del diálogo, Centroamérica – Estados Unidos, sobre migración. 
Diálogo que se había iniciado en Guatemala el 20 de junio, entre el señor Vice – Presidente de los Estados Unidos de América y los tres Presidentes centroamericanos; continuado a nivel técnico, el 16 y 17 de julio, durante la Conferencia Internacional de Tegucigalpa sobre Migración, Niñez y Familia; y complementado por visitas de personalidades internacionales norteamericanas a la región centroamericana.  
En la fase actual de ese proceso de diálogo, se constata que hay un reconocimiento mutuo de la responsabilidad compartida de los Estados de tomar medidas inmediatas y planificar otras más integrales y comprensivas que atiendan las necesidades de la seguridad humana y el desarrollo en Centroamérica, y que igualmente pongan fin al ciclo sistémico de la migración forzada irregular.
Evidencia de ese reconocimiento mutuo es el avance en cooperación en cuanto a medidas tendientes a suspender el flujo de migrantes irregulares hacia los Estados Unidos de América para promover una migración legal, ordenada y segura (I), y al afianzamiento de la voluntad política conjunta de diseñar y poner en funcionamiento un plan para Centroamérica orientado a eliminar progresivamente las condiciones que generan la pobreza y exclusión social y favorecen la delincuencia, y que también contribuyen a la migración forzada de personas (II). 
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, como Defensor del Pueblo, reconoce esos avances y debe contribuir, con sus análisis y recomendaciones, a que, en la continuación del diálogo, se tenga siempre presente el respeto de los derechos humanos de los habitantes y migrantes. 
Nos referiremos, a continuación, a los avances y posibilidades de cooperación que genera el diálogo intergubernamental en curso.
I.        Medidas tendientes a suspender el flujo de migrantes, con atención especial a la niñez no acompañada.
Este aspecto del diálogo ya ha producido resultados en los cuatro Estados y México, en materia de mayores controles fronterizos, acción policial contra los “coyotes”, campañas de disuasión de corrientes de migrantes irregulares, mayor presencia consular de los países centroamericanos en puntos de la frontera norteamericana y mexicana; y concertación para el retorno digno de la niñez no acompañada que no reúne los requerimientos para asilo o refugio y de unidades familiares de madres y niños y otros adultos, a sus países centroamericanos de origen.
A este último respecto, países como Honduras ya han estructurado la acción para recibir y dar seguimiento a los migrantes que sean devueltos y una Fuerza Gubernamental de Tarea realiza actividades para dar debida acogida a nuestros migrantes y seguimiento a la atención y protección especial que requiere la niñez que retorna a la Patria, de la cual no debió haberse visto forzada a migrar y donde debe tener las oportunidades para desarrollarse plenamente con dignidad y seguridad. Las actividades de esa comisión gubernamental son supervisadas por este Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, conforme a parámetros internacionales de Naciones Unidas relativos a estas situaciones.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos considera necesario hacer un especial pronunciamiento sobre lo expuesto en algunos medios internacionales de comunicación en relación con presuntos proyectos orientados a la devolución a Centroamérica de niños y niñas no acompañados, sin la atención especial que requieren ni audiencias previas de deportación.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos reitera que tal actitud constituiría una flagrante contravención a normas imperativas jurídicas internacionales y nacionales vigentes. Recuerda que conforme al Estado de Derecho (Rule of Law) que impera en los Estados Unidos de América, los países de tránsito y los de origen, los niños y niñas migrantes hondureños, salvadoreños y guatemaltecos que se encuentran ya en albergues norteamericanos o los que ya hayan salido de los albergues y están amenazados de deportación, son sujetos potenciales de protección internacional y deben serlo si reúnen los requisitos previstos en el Derecho Internacional consuetudinario, los tratados internacionales y las leyes norteamericanas.
Ejemplo es la ley sobre el “Niño Extranjero No Acompañado”, que prescribe el examen del caso para que, cuando proceda, cada niño o niña pueda ser clasificado, por cortes juveniles, como niños dependientes de una corte de menores o bajo custodia de una agencia o departamento de un Estado federal, en caso de haber sido abusados, abandonados o desatendidos; o solicitar, ante el Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security), el otorgamiento del status especial de inmigrantes juveniles (Special Immigrant Juvenile Status); o  solicitar visa de residencia por haber sido víctimas de trata de personas o de ciertos otros delitos reconocidos en los Estados Unidos de América.
Aun cuando se derogaran esas leyes, el principio de irretroactividad impediría que otro tipo de restricciones mayores pudiesen aplicarse a la situación de nuestra niñez en la situación antes indicada.
Se ha informado que, hacia el futuro, se realizará un proyecto en Honduras que (volviendo a abrir las posibilidades de visas humanitarias hacia Estados Unidos de América), posibilite el examen de cada caso de potenciales migrantes para verificar la documentación y evaluación desde territorio hondureño que acredite si reúne o no los requisitos legales de las leyes norteamericanas para acogerse al asilo o refugio en dicho país.
No obstante lo  anterior, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos considera que hay otros aspectos que influyen sobre la persistencia de corrientes de migrantes irregulares como lo son, por una parte, la falta de regularización permanente de la presencia de migrantes irregulares centroamericanos que residen y trabajan en los Estados Unidos de América, sujetos periódicamente a la incertidumbre de la aprobación del TPS; y, por otra parte, de los que no están amparados por ese estatuto provisional pero ya viven y trabajan en los Estados Unidos contribuyendo con sus esfuerzos al crecimiento económico de ese país y quienes, por no poder retornar a sus países de origen, necesitan reunificarse con sus familias y pagan por que las conduzcan, por la misma ruta del migrante irregular, a los lugares donde se encuentran.
Consideramos que, por justicia y ética universal, estas situaciones deben también encontrar solución positiva en el eventual Plan para ayudar a Centroamérica a crear más y mejores oportunidades de vida digna y trabajo decente, reduciendo progresivamente las condiciones que generan la pobreza de la mayoría de su población, así como la violencia y delincuencia que ha hecho presa de ella.
 
II.      Plan internacional  para una Centroamérica próspera, democrática y segura.
Los Estados Unidos se han comprometido a trabajar conjuntamente con los Estados centroamericanos, México, Colombia, bancos multilaterales de desarrollo y otros socios internacionales, para desarrollar un sostenible y bien coordinado plan que fortalezca la eficacia de los esfuerzos, de todos los sectores de las sociedades y Estados centroamericanos, para dar respuesta a los graves problemas que afectan a Centroamérica. Para ello, se estima necesario acelerar el desarrollo humano y crecimiento económico de los países centroamericanos, mejorando la seguridad y eliminando progresivamente los factores sistémicos que causan la migración forzada irregular.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos considera que los centroamericanos deberíamos proponer prontamente el proyecto de ese Plan internacional para que las negociaciones se realicen sobre la base de la realidad y las expectativas centroamericanas, teniendo presente que nuestro proceso de integración regional fue diseñado, desde 1991, con el propósito de convertirnos en una sola Región de Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo, tal como lo prevé el Protocolo de Tegucigalpa que crea el Sistema de la Integración Centroamericana. Diseño que, después de más de veinte años de vigencia, encuentra ahora la ocasión para aplicarse debidamente, eliminando progresivamente las amenazas a la seguridad democrática que obstaculizan el desarrollo humano sostenible, la consolidación del Estado de Derecho, el fortalecimiento democrático y el respeto irrestricto a los derechos humanos, en Centroamérica. 
En ese plan deberíamos plantear nuevos enfoques que relacionen sistémicamente el desarrollo y la seguridad democrática desde el ámbito local del municipio con el nacional y el regional, mediante coordinaciones reales y efectivas e institucionalidad funcional para lograr el objetivo de  impulsar una Centroamérica “Próspera, democrática y segura” en la cual sus habitantes vivan con dignidad y tengan empleos decentes, y no se vean forzados a emigrar a otros países.
Para lograrlo necesitaríamos también alinear y armonizar la cooperación internacional hacia la región con el objetivo señalado de ese  plan y adecuar al mismo el funcionamiento de la institucionalidad regional, creando interacciones constantes y coadyuvantes entre lo local, nacional y regional para asegurar, a nivel de cada municipio, el desarrollo humano y la seguridad democrática de las comunidades.
Necesitaremos prever la auditoría social y rendición de cuentas en cuanto a la ejecución correcta por la institucionalidad de las funciones y la gestión honesta y eficaz de los recursos que les asigne éste plan y garantizar también que todo ello se realizará en razón exclusiva de su propósito de efectividad del cumplimiento y respeto de los derechos humanos de todas y todos los habitantes centroamericanos.
Recomendaciones
 
1.   Que el Gobierno de la República asegure acciones coordinadas, entre nuestra Embajada y cónsules en los Estados Unidos de América, para hacer posible la asistencia psicológica y legal a los niños y niñas migrantes no acompañados que se encuentran en albergues norteamericanos o que han salido de ellos con la amenaza de ser deportados, a fin de garantizar, en los casos que corresponda, la protección internacional de nuestra niñez y su derecho al asilo  o refugio en los Estados Unidos de América.
Se exhorta igualmente a la sociedad civil y, en especial, a las organizaciones no gubernamentales, iglesias y universidades, a contribuir activamente con sus alianzas con instituciones norteamericanas para lograr la asistencia requerida incluyendo abogadas y abogados pro–bono que aseguren el consejo, defensa y acompañamiento debido a las niñas y niños hondureños.
 
2.       Que todos los sectores de la sociedad y Estado de Honduras favorezcan y participen ordenadamente en  la campaña de disuasión de la migración forzada de hondureños y hondureñas, contribuyendo a mejorar la seguridad democrática en los municipios y a activar el desarrollo humano en las comunidades locales, en forma tal que se apoye concretamente la existencia de mejores condiciones de vida y de trabajo en todos los municipios de Honduras. 
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, como impulsor del Estado democrático de Derecho y del derecho al desarrollo de los pueblos, contribuirá en esa dirección con el Gobierno Central,  los gobiernos locales y  las comunidades,  para asegurar condiciones de vida digna y productiva que activen el desarrollo humano y el crecimiento económico, avanzando así en la cimentación de municipios de bienestar solidario, en todo el ámbito nacional. El CONADEH cuenta, para esa contribución y acompañamiento, con el Plan de Acción “Vanguardia de la Dignidad Humana” y oficinas o delegaciones en los  dieciocho Departamentos de la República.
3. Que el anunciado Plan para una Centroamérica próspera, democrática y segura, tenga su cimiento estructural en los municipios y en el bienestar de sus comunidades, a partir de la movilización de sus propios recursos, robustecidos con el apoyo del Gobierno Central o nacional y  complementado con el aporte de las competencias técnicas y recursos de la institucionalidad centroamericana, y el apoyo suplementario que brinde la comunidad internacional, para la sostenibilidad y mayor eficacia de este plan regional.
El plan debería prever un sistema especial e independiente para su seguimiento, control  y evaluación por resultados, así como incorporar la supervisión por parte del Consejo Centroamericano de Procuradores de Derechos Humanos.
4.  Que el Gobierno central y los gobiernos locales de Honduras, con el apoyo de la sociedad civil y el sector empresarial, preparen conjuntamente el anteproyecto del antes mencionado plan de impulso al mejoramiento de las condiciones socio-económicas en la región centroamericana.
Que dicho anteproyecto sea analizado y perfeccionado con los otros países centroamericanos para estructurar concertadamente el proyecto a negociar con los Estados Unidos de América y otros actores relevantes, con el propósito de eliminar progresivamente y en forma verificable las condiciones estructurales que mantienen a la mayoría de la población en la pobreza y exclusión social, y de crear condiciones que permitan su incorporación al desarrollo humano y crecimiento económico de sus países y de la región en su conjunto, y al goce de los frutos del bienestar, la democracia y la prosperidad. 
Que por abarcar ese Plan internacional para una Centroamérica próspera, democrática y segura,  los factores sistémicos que causan la migración forzada de centroamericanas y centroamericanos, que  debería incluir la regularización migratoria permanente tanto de los migrantes centroamericanos que ya se han sometido al marco regulador del TPS, como de los migrantes centroamericanos irregulares o no documentados que ya viven y trabajan en los Estados Unidos desde hace varios años.
 

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