martes, 22 de febrero de 2011

El largo camino hacia la participación estudiantil en la nueva etapa de vida institucional

Andrés Pérez Munguía
Comisionado Universitario
2006-2011
 
Con la emisión de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), aprobada por el Congreso Nacional el 17 de diciembre de 2004 mediante Decreto 209-2004, se inaugura una nueva etapa en la vida de nuestra institución educativa, que por cierto es la más antigua del nivel superior, la que cuenta con la mayor comunidad académica de estudiantes y docentes, y la que tiene más larga proyección hacia la sociedad hondureña.  
 
Si bien hay opiniones diversas dentro y fuera de la UNAH con respecto a la orientación y la velocidad de los cambios, tanto los participantes como los observadores reconocen que a partir de aquella fecha se han producido mejoras en los campos académico, administrativo y de servicios. Sin embargo, el actual proceso de reformas en la Universidad no podrá consolidarse si sus valores no son conocidos y, sobre todo, practicados por su sector más numeroso e importante.
La UNAH, muy especialmente a partir de la adquisición de su autonomía, es la única institución del nivel superior que, si bien con altos y bajos, ha venido ofreciendo a su estudiantado una auténtica experiencia universitaria, quizá solo acompañada en este aspecto de la otra gran universidad pública del país, el alma máter del magisterio nacional. Por experiencia universitaria entendemos no solo la formación rigurosa en una disciplina académica, sino también el diálogo con otros estudiantes dedicados a áreas del conocimiento muy diferentes, con procedencias sociales y geográficas muy diversas, el intercambio con profesores nacionales educados en el extranjero o con amplia experiencia en el sector público o privado, la posibilidad de presenciar manifestaciones artísticas y culturales tanto tradicionales como de vanguardia, el acceso a una biblioteca bien dotada y la participación en el debate sobre los problemas del país desde perspectivas ideológicas y políticas heterogéneas.
No obstante este ambiente formativo amplio, más o menos propicio según los períodos rectorales, la Universidad Nacional ha permanecido retrasada en materia electoral. En el ámbito nacional se han experimentado importantes avances en este campo a partir de las elecciones para la Asamblea Nacional Constituyente de 1980, tales como las elecciones internas y primarias, la posibilidad de presentar candidaturas independientes, la integración proporcional de corporaciones municipales, las cuotas de participación de las mujeres y el mismo hecho de realizar nueve procesos electorales de forma pacífica y con resultados confiables, aun en los últimos comicios efectuados en plena crisis constitucional y política.  Sin embargo, en nuestra Universidad, todavía hasta hace muy poco las elecciones estudiantiles han sido sinónimo de violencia, poca transparencia y legitimidad, lo que ha tenido por resultado la cada vez más escasa participación del estudiantado.
Para llegar a la aprobación del presente reglamento se ha recorrido un largo camino, marcado por progresos, pero también por conflictos y errores. Algunos sectores de la comunidad universitaria cuestionan la legitimidad del presente reglamento argumentando, primero, que la universidad no debería inmiscuirse en asuntos propios del estudiantado; y segundo, que el Consejo Universitario carecía de representación estudiantil cuando lo aprobó.  La preocupación es válida en principio. Sin embargo, es necesario aclarar ciertos aspectos de historia institucional para comprender el por qué de la decisión de nuestro máximo órgano.
Para iniciar el recuento habrá que decir que el 14 de marzo de 2006, por medio del Acuerdo CT 67-2006, la Comisión de Transición hace un llamado a los estudiantes de las diferentes carreras universitarias para que procedan desde sus asociaciones a designar representantes ante una asamblea constituyente estudiantil.  Esta convocatoria no llega a concretarse y más bien el Comité Ejecutivo saliente de la Federación de Estudiantes Universitarios de Honduras (FEUH) decide convocar a elecciones para ese órgano.  El 16 de junio de 2006, mediante Acuerdo CT 89-2006, la Comisión de Transición desconoce esas elecciones y al Comité Ejecutivo de la FEUH, ordenando así mismo una intervención fiscalizadora.  Posteriormente, el 23 de mayo de 2007, mediante Acuerdo CT 225-2007, la Comisión de Transición constituye el Directorio Estudiantil Provisional y las mesas de diálogo estudiantil. 
De estas actuaciones de la Comisión de Transición podrían hacerse dos lecturas, dependiendo de la perspectiva de los actores. Según uno de los puntos de vista,  la Comisión cometió no solo un error, sino también un abuso, al inmiscuirse en asuntos privativos de los estudiantes; mientras que, según otra lectura, la Comisión tenía un mandato amplio de adecuar todas las estructuras y sectores internos de la institución a los valores y normas prescritos por la nueva Ley Orgánica.  En este sentido, el artículo 44 de esta nuestra Ley establece claramente que los derechos y deberes de los estudiantes se ejercerán conforme a los fines propios de la institución.
En este ambiente, a mediados de 2007, el Comisionado Universitario es llamado para evitar un incidente de violencia entre miembros de frentes rivales que se disputaban la sede de la FEUH,  oportunidad que es aprovechada para comenzar un proceso de mediación entre las organizaciones estudiantiles, con miras a que sus dirigencias alcanzaran un acuerdo para regularizar la situación de los órganos del gobierno estudiantil (federación y asociaciones estudiantiles), así como para la elección de los representantes del estudiantado ante los órganos de gobierno de la Universidad, concretamente el Consejo Universitario, las juntas directivas de facultades y centros regionales y los comités técnicos de carrera. 
Durante el proceso de mediación, el Comisionado insistió en que, antes de elaborar un reglamento, las organizaciones estudiantiles adoptaran en consenso una serie de principios que sirvieran de norte para cualquier procedimiento o regulación posterior. 
En los meses de agosto y septiembre de 2007 se les presentó un borrador de declaración de principios para su consideración, pero los líderes de los frentes prefirieron no suscribirlo. Siendo que los dirigentes de estas organizaciones no lograban ponerse de acuerdo, el Comisionado Universitario comienza la redacción de un anteproyecto de reglamento de elecciones estudiantiles inspirado en los principios propuestos a la dirigencia de los frentes.
Durante marzo, abril y mayo de 2008 el proceso de mediación con los frentes recibe un nuevo impulso con la incorporación y liderazgo de la Vicerrectoría de Orientación y Asuntos Estudiantiles (VOAE), ante la urgencia por dejar integrado el Consejo Uni­versitario antes de la salida de la Comisión de Transición.  Así, el 28 de abril de ese año dirigentes de los cuatro frentes reconocidos firman un acuerdo en el que solicitan dejar en suspenso la presentación ante la Comisión de Transición del Reglamento Electoral propuesto por el Comisionado Universitario y la VOAE, pues ellos se ofrecían a elaborar uno propio, teniendo como referencia ese anteproyecto. 
Como este compromiso no se cumplió, la VOAE, te­niendo a la vista el listado de estudiantes elegibles y luego de negociaciones con los frentes, eleva a la Comisión de Transición una propuesta de selección temporal de representantes estudiantiles ante el Consejo Universitario, la cual es aprobada en Acta 179-2008, donde se da por integrado el máximo órgano de la institución. Ya en las postrimerías de su mandato, la Comisión prefiere no emitir un reglamento electoral estudiantil para dar un mayor espacio de tiempo al tan anhelado acuerdo de los frentes estudiantiles, aunque existía el fundamento normativo en el artículo 15 del Reglamento del Consejo Universitario, el cual establece que los representantes es­­tu­diantiles ante el Consejo “serán seleccionados de conformidad al reglamento respectivo” y obraba en su poder un proyecto completo.
Transcurridos cinco meses desde la conclusión de las labores de la Comisión de Transición, y considerando injusto que setenta mil estudiantes carecieran de representación por la falta de acuerdo de una veintena de dirigentes, el Comisionado Universitario presenta al Consejo el primer proyecto de Reglamento General de Elecciones Estudiantiles, en la sesión del 30 de octubre de 2008.  La Comisión de Dictamen nombrada para analizar el proyecto da a los frentes estudiantiles otros seis meses adicionales para que lleguen a un acuerdo, hasta que finalmente se aprueba el reglamento por el pleno el 15 de mayo de 2009. 
Desafortunadamente, este primer reglamento se publi­ca tardíamente el 18 de diciembre de ese año, debido a la crisis política imperante en el país.  El retraso en la promulgación tuvo como resultado el desfase en las fechas de ejecución del proceso electoral, las cuales se habían estructurado a partir de su aprobación y publicación. Siempre por iniciativa del Comisionado Universitario y la VOAE, en febrero de 2010 se intenta resolver el problema de los plazos a través de un proyecto de reforma. Lamentablemente, cuando el proyecto llega a discusión del pleno ya no se podían tomar decisiones por mayoría calificada –la reforma de los reglamentos es uno de los casos–por haber vencido el período de los representantes estudiantiles.
Es así que nuevamente el Comisionado Universitario prepara otro anteproyecto el cual es patrocinado desinteresadamente –y esto aplica tanto para ellos, como para nosotros– por los consejeros Yeni Carolina Canales, representante suplente por el Foro Nacional de Convergencia (FONAC), y Saúl Jiménez, representante docente de la Fa­cultad de Ingeniería.  El texto es discutido por el pleno y se le introducen algunas enmiendas, no todas necesariamente compartidas por el Comisionado. Finalmente, es aprobado en sesiones ordinarias de 30 de julio y 24 de septiembre de 2010. 
Si bien el Reglamento Electoral Estudiantil refleja la voluntad y el compromiso del Consejo Universitario con la participación del estudiantado en las instancias de decisión institucionales, y significa por tanto un paso importantísimo hacia la profundización de la reforma, preo­cupa al Comisionado el cambio introducido al momento de la ratificación del acta, por el cual se elimina la elección de asociaciones de estudiantes de carreras. El contacto diario y directo con los estudiantes nos indica que el nivel más próximo y local de decisión –donde se discute sobre planes de estudio, programación de asignaturas y similares– es tal vez el que más interesa al estudiante.
El Reglamento entonces, no es un instrumento perfecto; sin embargo, es un muy buen marco normativo para llevar a cabo el proceso electoral, además que fue emitido por el órgano colegiado de mayor jerarquía de la UNAH y sienta por tanto la política institucional en la materia.
Entre los principales nuevos principios y reglas que introduce el Reglamento que se aprobó se encuentran:
Independencia del movimiento estudiantil universitario con relación a las autoridades de la UNAH, pero también con relación al sector docente interno y los sectores políticos externos.
Integración proporcional de los órganos colegiados, conforme a los resultados electorales.
Posibilidad de cruzar el voto en los diferentes niveles electivos, pudiendo por ejemplo, votar por un frente o candidatura para la FEUH, por otro para la asociación de su facultad e incluso por un tercero distinto para su representante ante el Consejo Universitario, si así lo desea el o la estudiante.
Participación amplia de todos los sectores estu­dian­tiles, incluso los que han decidido agruparse en forma independiente, al margen de los frentes estudiantiles, en derredor de agendas locales y académicas de sus respectivas facultades y centros.
Equilibrio y transparencia en el financiamiento de las campañas electorales, a través del otorgamiento equitativo por parte de la institución de fondos especiales de apoyo para la promoción de frentes y candidaturas; así como la presentación de informes contables formales de todas las aportaciones recibidas y los gastos incurridos.
Presencia de observadores externos durante todas las etapas del proceso electoral, con funciones de auditoría social.
Equidad de género, mediante el establecimiento de una cuota de 50% de candidatas mujeres a todos los cargos de elección.
Promoción del surgimiento de un liderazgo estudiantil conformado por estudiantes regulares, que tengan un rendimiento académico mínimo de 60% si postulan a juntas directivas de asociaciones y 80% si se presentan a órganos de gobierno universitario, de conformidad a la Ley Orgánica.
El Comisionado Universitario, en cumplimiento de su mandato, busca contribuir a la construcción de ciudadanía a lo interno y a la formación de una generación de estudiantes que, desde la preparación profesional específica y la cultura general que les brinda nuestra institución, sea más consciente de sus deberes y derechos en la sociedad hondureña.   El Reglamento Electoral Estudiantil es un pilar esencial en este esfuerzo, puesto que, en fin de cuentas, no se trata de simples procedimientos para cubrir apresuradamente vacantes en los órganos de gobierno, sino de aprovechar la oportunidad para incorporar finalmente al estudiantado al proceso de cambios institucionales y, con ello, profundizar y consolidar la reforma universitaria.
Este año en que habrá elecciones estudiantiles en la UNAH, quisiéramos que la opinión de los estudiantes realmente contara; para ello, es necesario que previamente se informen a fin de que puedan ejercer su derecho a participar y a decidir. Este, ciertamente, es un proceso que toma tiempo.
 Ciudad Universitaria “José Trinidad Reyes”,  febrero de 2011.

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